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Decreto 728 de 2025: La Salud Mental como Nuevo Pilar del SG-SST en Colombia

El Decreto 728 de 2025, expedido el 25 de junio de 2025, marca un antes y un después en la gestión del bienestar laboral en Colombia.
Esta norma adiciona el Capítulo 13 al Decreto 1072 de 2015, y consolida dos temas que, hasta ahora, se abordaban de forma aislada: la promoción de la salud mental y la prevención del consumo de sustancias psicoactivas (SPA) en el trabajo.

Su propósito es claro: integrar la salud mental como componente estructural del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST), dotando a las empresas de un marco obligatorio, medible y auditable.

En Proestrategia analizamos su alcance, los nuevos deberes empresariales y cómo preparar tu SG-SST para cumplir con esta regulación, que redefine la forma en que entendemos el bienestar laboral.

Un cambio normativo con enfoque humano y preventivo

El Decreto 728 no nace de la nada: se construye sobre la Ley 1616 de 2013 (Ley de Salud Mental) y responde a un contexto social donde el estrés, el agotamiento y el consumo de sustancias han aumentado su impacto en la productividad y en la estabilidad organizacional.

A partir de su entrada en vigencia, las empresas están obligadas a incorporar acciones concretas y sostenidas en salud mental y prevención de SPA dentro del SG-SST, transformando lo que antes era voluntario en un deber legal.

Objeto y alcance del Decreto 728 de 2025

Según su Artículo 2.2.4.13.1, el decreto busca promover la salud mental y prevenir problemas o trastornos mentales y el consumo de sustancias psicoactivas en el entorno laboral.
Su alcance es universal, tal como lo define el Artículo 2.2.4.13.2, y aplica a:

  • Empleadores públicos y privados.

  • Trabajadores dependientes e independientes.

  • Contratistas y contratantes.

  • Administradoras de Riesgos Laborales (ARL).

Esto significa que toda organización en Colombia, sin importar su tamaño o naturaleza jurídica, debe incorporar estos programas dentro de su SG-SST.

Dos ejes de acción obligatorios para todas las empresas

El Decreto estructura sus exigencias en dos grandes frentes de acción, ambos con responsabilidad compartida entre el empleador y la ARL.

Prevención del consumo y abuso de sustancias psicoactivas (SPA)

El Artículo 2.2.4.13.3 obliga a las empresas a diseñar, ejecutar y evaluar programas de prevención del consumo de SPA, con el apoyo técnico de su ARL. No se trata de campañas simbólicas, sino de acciones planificadas y medibles.

Prevención y promoción de la salud mental

El Artículo 2.2.4.13.4 convierte la salud mental en un eje operativo del SG-SST. La norma exige que las empresas utilicen los resultados de la evaluación de factores de riesgo psicosocial (la conocida “batería”) como insumo para definir acciones de intervención concretas.

7 Acciones minimas en Prevención de consumo de sustancias

Las siete acciones mínimas que debe cumplir cada empleador son:

  1. Diseñar un programa de sensibilización sobre los riesgos del consumo.

  2. Definir un plan de intervención documentado, con metas y responsables.

  3. Ejecutar campañas permanentes de prevención en el entorno laboral.

  4. Identificar activamente posibles casos de riesgo o consumo.

  5. Asegurar acompañamiento profesional y canales de ayuda confidenciales.

  6. Evaluar la efectividad del programa mediante indicadores verificables.

  7. Implementar acciones de mejora continua basadas en los resultados.

Un punto innovador es que las ARL deberán crear programas sectoriales, adaptados a los riesgos particulares de cada actividad económica: no es lo mismo prevenir el consumo en una empresa de transporte que en una oficina de tecnología.

7 Acciones minimas en Prevención y promoción de salud Mental

Estas acciones se dividen en dos niveles:

A. Intervención sobre los factores psicosociales del entorno laboral

  • Factores protectores: fomentar el apoyo social, la convivencia y la no discriminación.

  • Factores de riesgo: gestionar cargas laborales, horarios, claridad de rol, conciliación familiar y prevenir acoso o violencia laboral.

  • Intervención secundaria: fortalecer la resiliencia, promover el afrontamiento y preparar emocionalmente para la jubilación.

B. Intervención sobre los efectos en la salud del trabajador

  • Promoción: fomentar hábitos saludables y espacios de bienestar mental.

  • Prevención primaria: capacitar en manejo del tiempo, estrés y ansiedad.

  • Prevención secundaria y terciaria: establecer servicios de apoyo psicológico, desensibilización y primeros auxilios emocionales.

En síntesis: la norma pasa de medir el riesgo psicosocial a gestionarlo activamente, con planes de acción visibles, medibles y auditables.

¿Cómo es la corresponsabilidad?

El éxito del Decreto 728 depende de la acción coordinada entre empleadores, ARL, EPS y trabajadores.

 

¿Cuánto vale implementar un SG-SST?

Diseño de SGSST

$1.500.000/Desde
  • Diseño de matrices y planes
  • Soporte y acompañamiento
  • Diseño
  • Elaboración de la documentación
  • Vista a instalaciones

Administración SGSST

$500.000/Desde
  • Evaluación inicial
  • Soporte y acompañamiento
  • Diseño de políticas, manuales y procedimientos
  • Capacitación al responsable
  • Vista a instalaciones

¿Para qué sirve un outsourcing en Seguridad y salud en el trabajo?

El outsourcing en seguridad y salud en el trabajo (SST) se refiere a la práctica de contratar a una empresa externa para que proporcione servicios de seguridad y salud en el trabajo en lugar de tener un departamento interno de SST.

Algunas de las ventajas de la outsourcing en SST pueden incluir:

 

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